Líneas de Vida Verticales
La instalación de líneas de vida verticales, ya sea sobre escalera o bien en cualquier estructura vertical (eólicos, antenas de telecomunicación, etc.) es obligatoria y de aplicación por el Real Decreto 1627/1997 del 24 de octubre y la NTP 408 sobre escalas fijas se servicio (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales).
Nuestra línea de vida vertical incluye un sistema de absorción de energía en la parte superior de la línea, que permite reducir a menos de 450 daN el esfuerzo transmitido al cuerpo durante la fase de retención de la caída, con un recorrido inferior 40 cm.
Algunas características de las mismas son:
- Conexión directa sin absorbedor textil (mayor comodidad).
- Anticaída con doble sistema de leva para un bloqueo inmediato en caso de caída. Se acopla fácilmente al cable sin desmontar la línea de vida.
- Pieza intermedia que asegura que el cable nunca pueda dañarse por efecto del viento al golpearse con la estructura metálica.
- Tamaño reducido, sin aristas ni otros elementos que puedan dañar al usuario a su paso.